viernes, 19 de diciembre de 2025

Banda de Música "La Estrella"

La Banda de Música La Estrella de la localidad madrileña de Móstoles tras el paso de María Santísima de la Anunciación, titular de la Hermandad de la Borriquita, con sede canónica en la Parroquia de San Ildefonso y de los Santos Niños Justo y Pastor por las calles de la feligresía del Barrio de Universidad de Madrid en el año dos mil diecinueve.

jueves, 18 de diciembre de 2025

Santísimo Cristo del Perdón

Cristo del Perdon

Santísimo Cristo del Perdón, titular de la Hermandad del Santísimo Cristo del Perdón con sede canónica en la Catedral de Santa María Magdalena de la localidad madrileña de Getafe.

Realizaba su estación de penitencia en la tarde del Viernes Santo. Desconocemos si tiene algun culto en su honor.

En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.

Decisión de Ejecución (UE) 2025/716 de la Comisión, de 7 de abril de 2025, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la viruela ovina y la viruela caprina en Grecia

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 259, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) La viruela ovina y la viruela caprina son enfermedades víricas infecciosas que afectan a los ovinos y caprinos y que pueden tener graves repercusiones en la población animal afectada y en la rentabilidad de la ganadería, al perturbar los desplazamientos de las partidas de esos animales y sus productos dentro de la Unión, así como las exportaciones a terceros países.

(2) En caso de producirse un brote de viruela ovina o de viruela caprina en ovinos o caprinos, existe un riesgo grave de propagación de la enfermedad a otros establecimientos de ovinos o caprinos.

(3) El Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión (2) completa las normas para el control de las enfermedades de la lista a las que se hace referencia en el artículo 9, apartado 1, letras a), b) y c), del Reglamento (UE) 2016/429 y que están definidas como enfermedades de categoría A, B o C en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión (3). En particular, los artículos 21 y 22 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 disponen el establecimiento de una zona restringida en caso de que se produzca un brote de una enfermedad de categoría A, incluidas la viruela ovina y la viruela caprina, y la aplicación de determinadas medidas en dicha zona. Conforme al artículo 21, apartado 1, de dicho Reglamento Delegado, la zona restringida debe constar de una zona de protección, una zona de vigilancia y, si fuera necesario, de otras zonas restringidas adyacentes o en torno a las zonas de protección y de vigilancia.

(4) Con el fin de hacer frente a los brotes de viruela ovina y viruela caprina notificados en agosto de 2024 en Grecia, la Comisión adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207 de la Comisión (4), por la que se establecen determinadas medidas de emergencia en relación con estas enfermedades en ese país. Concretamente, dicha Decisión dispone que las zonas de protección, las zonas de vigilancia y otras zonas restringidas que debe establecer ese Estado miembro de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687 deben comprender, como mínimo, las áreas que figuran en el anexo de dicha Decisión de Ejecución.

(5) Desde la última modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207, Grecia ha notificado a la Comisión cinco nuevos brotes de viruela ovina y viruela caprina, registrados entre el 20 de marzo y el 2 de abril de 2025, en establecimientos con ovinos y caprinos, concretamente en las unidades regionales de Ródope y Magnesia, así como en la isla de Samotracia, en la unidad regional de Evros.

(6) Por consiguiente, las áreas que figuran como zonas de protección, zonas de vigilancia y otras zonas restringidas para Grecia en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207, así como la duración de las medidas aplicables en ellas, deben ajustarse, a fin de evitar que sigan propagándose las enfermedades en Grecia o en el resto de la Unión. Como consecuencia de ello, es necesario modificar la lista de zonas restringidas, así como la duración de las medidas que deben aplicarse en ellas, establecidas en el anexo de dicha Decisión de Ejecución.

(7) El tamaño de las zonas de protección, las zonas de vigilancia y otras zonas restringidas, así como la duración de las medidas que deben aplicarse en ellas, se basan en los criterios establecidos en el artículo 64, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/429 y en las normas establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687. Los criterios aplicados para elegir el tamaño de las zonas de protección, las zonas de vigilancia y otras zonas restringidas, así como la duración de las medidas que deben aplicarse en ellas, tienen en cuenta no solo la situación epidemiológica con respecto a la viruela ovina y la viruela caprina en las zonas afectadas por ellas, sino también la situación epidemiológica general con respecto a la viruela ovina y la viruela caprina en todo el territorio del Estado miembro afectado, así como el nivel de riesgo de una mayor propagación de estas enfermedades. La duración de las medidas se ha determinado teniendo en cuenta también las normas internacionales del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (5). En la situación epidemiológica actual, existe un alto riesgo de propagación de la enfermedad, ya que siguen notificándose brotes en las unidades regionales de Ródope y Magnesia más de cuatro meses después de haberse notificado los primeros brotes en dichas unidades regionales, así como en la isla de Samotracia, en la unidad regional de Evros, más de dos meses después de haberse notificado el primer brote en dicha isla, lo cual hace pensar que la enfermedad sigue circulando a pesar de las medidas ya aplicadas en las zonas restringidas que tuvieron que establecerse en dichas áreas en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207.

(8) Por otro lado, dado que desde la última modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/2207 se han producido cinco nuevos brotes de viruela ovina y viruela caprina en Grecia, también es necesario prorrogar la prohibición de desplazamiento de ovinos y caprinos desde todo el territorio de este país hasta cualquier destino situado fuera de él hasta el 30 de septiembre de 2025, a fin de evitar tanto la propagación al resto de la Unión o a terceros países como cualquier obstáculo injustificado al comercio impuesto por terceros países.

(9) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Ver texto completo.

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/728 de la Comisión, de 8 de abril de 2025, por el que se modifican los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 en lo que concierne a las entradas correspondientes a Canadá, al Reino Unido y a los Estados Unidos en las listas de terceros países, territorios o zonas de estos desde los que se permite la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) 2016/429 establece que, para entrar en la Unión, las partidas de animales, productos reproductivos y productos de origen animal deben proceder de un tercer país o territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1.

(2) El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países o territorios, o zonas de estos, o compartimentos en el caso de los animales de acuicultura.

(3) El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692. Esas listas y determinadas normas generales relativas a las listas figuran en los anexos I a XXII de dicho Reglamento de Ejecución.

(4) Concretamente, en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral, y carne fresca de aves de corral y de aves de caza, respectivamente.

(5) El Reino Unido ha notificado a la Comisión siete brotes de GAAP en aves de corral en los condados de Cumbria, Durham, Hampshire y Yorkshire del Norte (Inglaterra), confirmados entre el 27 de marzo y el 1 de abril de 2025 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).

(6) Los Estados Unidos han notificado a la Comisión cinco brotes de GAAP en aves de corral en los estados de Indiana (1), Nueva York (3) y Pensilvania (1), confirmados entre el 20 y el 28 de marzo de 2025 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).

(7) A raíz de esos brotes recientes de GAAP, las autoridades veterinarias del Reino Unido y de los Estados Unidos han establecido zonas restringidas de al menos 10 km alrededor de los establecimientos afectados y han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de la enfermedad y limitar su propagación.

(8) El Reino Unido y los Estados Unidos han presentado a la Comisión información sobre la situación epidemiológica en sus territorios y las medidas que han tomado para evitar que siga propagándose la enfermedad tras esos brotes recientes de GAAP.

(9) La Comisión ha evaluado dicha información. Habida cuenta de la situación zoosanitaria en las zonas sujetas a restricciones establecidas por las autoridades veterinarias del Reino Unido y de los Estados Unidos, debe suspenderse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza procedentes de las zonas afectadas por los recientes brotes, a fin de proteger la situación zoosanitaria de la Unión. Por lo tanto, procede modificar en consecuencia las entradas correspondientes al Reino Unido y a los Estados Unidos en los cuadros que figuran en la sección B, partes 1 y 2, del anexo V, y en el cuadro que figura en la sección B, parte 1, del anexo XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404.

(10) Además, Canadá ha facilitado a la Comisión información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio con respecto a la GAAP que dio lugar a la suspensión de la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral, y de carne fresca de aves de corral y aves de caza, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404.

(11) El 1 de abril de 2025, Canadá presentó información actualizada sobre la situación epidemiológica en relación con seis brotes de GAAP en la provincia de Columbia Británica, confirmados entre el 21 de octubre y el 21 de noviembre de 2024 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR), así como sobre los brotes de GAAP que surgieron posteriormente en esas zonas en la provincia de Columbia Británica.

(12) Canadá informó a la Comisión de que, a raíz de estos brotes de GAAP, aplicó una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar la propagación de la enfermedad, y también completó las medidas de limpieza y desinfección necesarias tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados.

(13) La Comisión ha evaluado la información presentada por Canadá, y considera que este país ha ofrecido garantías adecuadas de que la situación zoosanitaria que ha dado lugar a la suspensión de la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral, y de carne fresca de aves de corral y aves de caza procedentes de la zona afectada, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404, ya no representa una amenaza para la salud animal o la salud pública en la Unión y que, en consecuencia, debe autorizarse de nuevo la entrada en la Unión de esas partidas procedentes de las zonas afectadas de Canadá desde las que se había suspendido su entrada en la Unión. Procede por tanto modificar en consecuencia las entradas correspondientes a Canadá en los cuadros que figuran en la sección B, partes 1 y 2, del anexo V, y en el cuadro que figura en la sección B, parte 1, del anexo XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404.

(14) Habida cuenta de los nuevos brotes de GAAP en el Reino Unido y los Estados Unidos, y con el fin de evitar una perturbación innecesaria del comercio con Canadá, las modificaciones que deben introducirse en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia.

(15) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Ver texto completo.