La modificación del tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA a determinados productos, deberá llevar una valoración por parte del consumidor para determinar donde se compra ese producto o si definitivamente, cae de la lista de compra del consumidor mediante el cambio por otro más barato o suprimirlo de la lista.
Dependiendo de la cesta de la compra y de los suministros puede llegar a un termino medio del diez por ciento por trimestre y debe ser observado por la unidad familiar.