domingo, 22 de junio de 2025

Las consecuencias de la Dana

Ante la última Dana o fuerte borrasca que ha caído en Valencia y Málaga el pasado mes de octubre, ha habido fallos en los avisos a la población residente, que no hay que esperar hasta el último minuto y otro que es el mantenimiento y cauces de los ríos.

Cuando el Instituto Nacional de Meteorología o Agencia Estatal de Meteorología se emita una alerta naranja o roja por fenómenos atmosféricos adversos, la Dirección General de Protección Civil del Ministerio del Interior deberá enviar automáticamente el mensaje de alerta a la población sin esperar la actuación del Delegado del Gobierno o de las Comunidades Autónomas.

Los cauces y riberas de los ríos deben ser limpiados periódicamente por la Confederación Hidrográfica correspondiente dependientes del Ministerio de Medio Ambiente y no sancionando a la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento correspondiente por hacerlo, aparte de compensar a los mismos por su realización, ya sea totalmente o parcialmente.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, a nivel nacional o el organismo autónomico correspondiente deberá mantener y mejorar las infraestructuras en zonas que puedan ser dañadas y las empresas operarias informar de todas las incidencias que se observan durante la circulación ferroviaria habitual.

La Dirección General de Carreteras del Estado o el organismo correspondiente deberá actuar y mejorar aparte de los puntos negros por accidente de tráfico y su mantenimiento, mejorar donde se producen interrupciones de circulación por fenómenos atmosféricos y naturales.

No solamente ha fallado el político que está en un determinado cargo elegido democráticamente si no, que hay unos mandos inferiores que no han actuado en un determinado momento para evitar o prevenir desgracias como la que ha ocurrido.

A todos nos corresponde, prevenir los accidentes o desgracias que se puedan ocasionar tanto en el ámbito público, como en el privado. Si es público debería comunicarse al Ayuntamiento correspondiente por escrito y si no es su competencia deberá transmitirlo al organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma o del Estado. Si el Ayuntamiento realiza la reparación, deberá ser compensado económicamente por el organismo que le corresponde haberla realizado.