En España hay un exceso de días festivos obligatorios que en realidad se pueden dejar en cuatro obligatorios y el resto recuperables a lo largo del año.
Los festivos obligatorios serían el uno de enero, veinticinco de julio, ocho de diciembre y veinticinco de diciembre. Ningún festivo debe trasladarse, si cae en domingo.
Por lo tanto el plus de festivo si se cobrase, solamente debería hacerse por los obligatorios.