domingo, 21 de septiembre de 2025

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/217 de la Comisión, de 6 de febrero de 2025, que corrige la versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072, por el que se establecen condiciones uniformes para la ejecución del Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 228/2013, (UE) n.o 652/2014 y (UE) n.o 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 37, apartados 2 y 4, su artículo 40, apartado 2, y su artículo 41, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión (2) contiene un error en los anexos IV y V por lo que respecta al término utilizado para el virus PPV000. Los anexos VI y VIII también contienen un error por lo que respecta a los vegetales para plantación de especies de Solanum L. Además, en los anexos VII y VIII se utiliza un término erróneo para uno de los tipos de material de embalaje de madera. Los errores afectan a la esencia del acto.

(2) Procede, por tanto, corregir la versión croata del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan a los dictámenes del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, emitidos antes de la adopción de los Reglamentos siguientes: el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 y los Reglamentos de Ejecución (UE) 2021/2285 (3), (UE) 2023/1492 (4) y (UE) 2024/2004 de la Comisión (5).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

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