jueves, 4 de diciembre de 2025

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/534 de la Comisión, de 21 de marzo de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1226 en lo que respecta a cambios administrativos en la autorización de la Unión para el biocida único Bioquell HPV-AQ

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 50, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El 14 de julio de 2022, mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1226 de la Comisión (2) se concedió una autorización de la Unión con el número EU-0027469-0000 a Ecolab Deutschland GmbH para la comercialización y el uso del biocida único «Bioquell HPV-AQ». En el anexo de dicho Reglamento de Ejecución figura el resumen de las características del producto para este biocida único.

(2) El 24 de enero de 2023 y el 24 de abril de 2024, Ecolab Deutschland GmbH presentó a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas («la Agencia»), de conformidad con el artículo 11, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 354/2013 (3), notificaciones de cambios administrativos en la autorización de la Unión para el biocida único «Bioquell HPV-AQ», inscrito en el registro de biocidas con los números de caso BC-EE084020-66 y BC-VW094451-98. Los cambios propuestos notificados se refieren a la adición de fabricantes de sustancias activas y formuladores de biocidas, a un cambio del nombre del fabricante «Ecolab SNC» a «Ecolab Europe GmbH», a fin de ajustarse a otras autorizaciones de biocidas de Ecolab, y a la adición de un tamaño de envase dentro de la gama de envases que se valoró durante la evaluación.

(3) El 10 de marzo de 2023 y el 20 de mayo de 2024 (4), de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 354/2013, la Agencia presentó a la Comisión dictámenes sobre los cambios administrativos notificados en relación con la autorización de la Unión para el biocida único «Bioquell HPV-AQ». En sus dictámenes, la Agencia concluye que los cambios propuestos son cambios administrativos de conformidad con el artículo 50, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) n.o 528/2012 y tal como se especifica en el título 1, sección 1, del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 354/2013, y que, tras la aplicación de los cambios, seguirán cumpliéndose las condiciones del artículo 19 del Reglamento (UE) n.o 528/2012.

(4) El 29 de abril de 2024, la Agencia remitió a la Comisión el resumen revisado de las características del producto correspondiente a la autorización de la Unión para el biocida único «Bioquell HPV-AQ» en todas las lenguas oficiales de la Unión, que abarca todos los cambios administrativos solicitados, de conformidad con el artículo 11, apartado 6, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 354/2013.

(5) La Comisión está de acuerdo con los dictámenes de la Agencia y, por tanto, considera adecuado modificar la autorización de la Unión para el biocida único «Bioquell HPV-AQ» a fin de introducir los cambios administrativos solicitados por Ecolab Deutschland GmbH.

(6) A excepción de las modificaciones relativas a los cambios administrativos, se mantienen sin cambios todos los demás datos incluidos en el resumen de las características del producto correspondiente a «Bioquell HPV-AQ» que figura en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1226.

(7) A fin de aumentar la claridad y facilitar el acceso de los usuarios y las partes interesadas a la versión consolidada del resumen de las características del producto, que debe publicar la Agencia, el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1226 debe sustituirse en su totalidad. Debido a un cambio en el formato usado para la generación del resumen de las características del producto en el Registro de Biocidas en 2024, el resumen de las características del producto que figura en dicho anexo también debe incluir algunos cambios menores de redacción y presentación.

(8) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1226 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

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