La vivienda de alquiler por temporada es aquella que se dedica al alquiler por un periodo de tiempo superior a un mes e inferior a un año. En la cual hay que formalizar un contrato entre arrendador e inquilino.
El inquilino tendrá que empadronarse en el municipio de residencia si supera un periodo de ciento ochenta días, aparte que es necesario para acudir a un centro de salud.
El inquilino debera asumir los costes de los suministros necesarios, agua, electricidad, gas y comunicaciones.
También hay que comunicar el cambio de residencia a la Agencia Estatal de Administración Tributaria si supera los ciento ochenta días para poder aplicar las deduciones del lugar de residencia del mismo.
El arrendador deberá tener en cuenta posibles deducciónes por el alquiler, o si resulta el caso que sea considerado actividad comercial.