Hoy recordamos el cartel del encuentro amistoso celebrado en el Estadio del Colo Colo el pasado dieciséis de noviembre de dos mil veintidós a las doce de la noche.
jueves, 31 de julio de 2025
Nuestro Padre Jesús del Amor en la Sagrada Entrada en Jerusalén
Nuestro Padre Jesús del Amor en la Sagrada Entrada en Jerusalén, titular de la Hermandad de la Borriquita, con sede canónica en la Parroquia de San Ildefonso y de los Santos Niños Justo y Pastor de Madrid.
Es obra del imaginero Ramón Martín. Realiza estación de penitencia en la tarde del Domingo de Ramos.
En el video inferior, en el interior de la Parroquia de San José en la primera festividad de Cristo Rey. Más fotografías en la galería.
Hermandad de los Javieres
Santísimo Cristo de las Almas y María Santísima de Gracia y Amparo, titulares de la Hermandad de los Javieres, con sede canónica en la Parroquia de Ómnium Sanctorum de Sevilla.
Santísimo Cristo de las Almas es obra de José Luís Pires Azcárraga. María Santísima de Gracia y Amparo es obra de José Rodríguez Fernández Andes. Realizan estación de penitencia en la tarde del Martes Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
El Atazar
El Atazar es un municipio y localidad española de la Comunidad de Madrid. El término cuenta con una población de 107 habitantes, según el Instituto Nacional de Estadística a 31 de diciembre de 2024.
No se sabe con certeza el origen del nombre. Antiguamente era "Latazar", como se menciona en el Libro de la montería de Alfonso XI. Se atribuye una raíz celto-germánica e incluso vasca, aunque la mayoría se inclina por una procedencia árabe.
Es posible que El Atazar se haya formado en un campamento de origen árabe, en el siglo XII. En el término fue encontrada una de las torres de vigías de la red de atalayas de la marca media antemural.
En el año 1083 fue reconquistado Buitrago del Lozoya por Alfonso VI, y trece años después también El Atazar, que seguramente fueran tan solo cabañas. En 1368 pasó a formar parte del señorío de Buitrago, y en 1490 se alzó con el título de villa, gracias a Íñigo López de Mendoza, al parecer se hizo con el título de villa porque se encontraba lejos y aislada.
Fuente: Wikipedia
miércoles, 30 de julio de 2025
Hermandad de la Macarena
Nuestro Padre Jesús de la Sentencia y María Santísima de la Esperanza Macarena, titulares de la Hermandad de la Macarena con sede canónica en la Basílica de la Macarena de Sevilla.
Nuestro Padre Jesús de la Sentencia es obra de Felipe Morales Nieto. María Santísima de la Esperanza Macarena es obra atribuida a Luisa Roldán. Realiza estación de penitencia en la Madruga del Viernes Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica, en el solemne besamanos a su titular mariana. Más fotografías en la galería.
Hermandad Patriarca San José
Santísimo Cristo Yacente de la Vida Eterna, Nuestra Señora de la Paz, y Patriarca San José, titulares de la Hermandad del Patriarca San José, con sede canónica en la Parroquia de Santa Cruz de Madrid
Santísimo Cristo Yacente de la Vida Eterna atribuido a Jacinto Higueras. Nuestra Señora de la Paz es obra anónima. Ambas imágenes realizan estación de penitencia en la tarde del Viernes Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
María Santísima de los Siete Dolores
María Santísima de los Siete Dolores, titular de la Hermandad de los Siete Dolores, con sede canónica en la Parroquia de Santa Cruz de Madrid.
Tiene cultos principales el Viernes de Dolores y el quince de septiembre. Realiza estación de penitencia en la tarde del Viernes Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/61 de la Comisión, de 15 de enero de 2025, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de determinados neumáticos nuevos o recauchutados, de caucho, de un tipo utilizado en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, originarios de la República Popular China, a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones subvencionadas originarias de países no miembros de la Unión Europea (1), y en particular su artículo 18,
Considerando lo siguiente:
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HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
martes, 29 de julio de 2025
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/60 de la Comisión, de 15 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de eritritol originario de la República Popular China y por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones registradas de eritritol originario de la República Popular China
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) (en lo sucesivo, «Reglamento de base»), y en particular su artículo 9, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
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HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/58 de la Comisión, de 15 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados neumáticos, nuevos o recauchutados, de caucho, de un tipo utilizado en autobuses o camiones, con un índice de carga superior a 121, originarios de la República Popular China, a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1), y en particular su artículo 11, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
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HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Hermandad de los Gitanos
Nuestro Padre Jesús de la Salud y María Santísima de las Angustias, titulares de la Hermandad de los Gitanos, con sede canónica en la Parroquia de Nuestra Señora del Carmen y San Luis Obispo de Madrid
Ambas imágenes titulares son obra del imaginero Ángel Rengel. Realizan estación de penitencia en la tarde del Miércoles Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Metro de Madrid
Salida de composición de cuatro vagones de la serie 3000 fabricado por Construcción y Auxiliar de Ferrocarril y operado por Metro de Madrid en la estación de Ventas en línea 2 sentido estación de La Elipa.
lunes, 28 de julio de 2025
Cercanías
Salida de tren de cercanías serie 446 en su composición simple desde la estación de Atocha en Madrid hacia la localidad de Fuenlabrada o Humanes de Madrid procedente de Móstoles y pasando además de la capital por las localidades de Alcorcón y Leganés. Fabricado por Construcción y Auxiliar de Ferrocarril y operado por Red Nacional de Ferrocarriles Españoles.
Metro de Madrid
Entrada de tren de serie 7000 fabricado por Ansalobreda y operado por Metro de Madrid en la estación de Fuencarral en Madrid, en la línea diez, parada anterior del cambio de sentido.
Santísimo Cristo del Desamparo
Santísimo Cristo del Desamparo, titular de la Hermandad del Santísimo Cristo del Desamparo, con sede canónica en la Parroquia de San José.
Es obra del imaginero Pascual de Mena. Actualmente no realiza estación de penitencia en la Semana Santa.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Nuestro Padre Jesús del Amor en la Sagrada Entrada en Jerusalén
Nuestro Padre Jesús del Amor en la Sagrada Entrada en Jerusalén, titular de la Hermandad de la Borriquita, con sede canónica en la Parroquia de San Ildefonso y de los Santos Niños Justo y Pastor de Madrid.
Es obra del imaginero Ramón Martín. Realiza estación de penitencia en la tarde del Domingo de Ramos.
En el video inferior, en el interior de la Parroquia de San José su primera sede canónica. Más fotografías en la galería.
domingo, 27 de julio de 2025
Día de Betis
Hoy recordamos el cartel del encuentro del Campeonato Nacional de Liga celebrado en Sevilla, en el Estadio Benito Villamarin entre el Real Betis Balompié y el Club Atlético Osasuna celebrado el pasado dieciocho de enero de dos mil veintitres a las nueve de la noche.
La Caña del Jamón
Situada en el Mercado Municipal de Villa de Vallecas, en la calle Sierra Vieja, número 61 de Madrid en el Barrio de Villa de Vallecas. Es una Charcutería y quesería familiar con los mejores productos de calidad en cuanto al jamón y los quesos, destacar los torreznos de Soria para hacer en casa y algunos quesos, pates. y otras chacinas de origen nacional. El ambiente es familiar y acogedor con una gran variedad de clientes del barrio.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/80 de la Comisión, de 13 de enero de 2025, por el que se modifican los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 en lo que concierne a las entradas correspondientes a Canadá, al Reino Unido y a los Estados Unidos en las listas de terceros países, territorios o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (UE) 2016/429 establece que, para entrar en la Unión, las partidas de animales, productos reproductivos y productos de origen animal deben proceder de un tercer país o territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1.
(2) El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países o territorios, o zonas de estos, o compartimentos en el caso de los animales de acuicultura.
(3) El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692. Esas listas y determinadas normas generales relativas a las listas figuran en los anexos I a XXII de dicho Reglamento de Ejecución.
(4) Concretamente, en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral y de carne fresca de aves de corral y aves de caza, respectivamente.
(5) Canadá ha notificado a la Comisión cuatro brotes de gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) en aves de corral detectados en la provincia de Ontario, confirmados entre el 14 y el 20 de diciembre de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).
(6) El Reino Unido ha notificado a la Comisión cuatro brotes de GAAP en aves de corral en el condado de Norfolk (Inglaterra), confirmados entre el 17 y el 24 de diciembre de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).
(7) Los Estados Unidos han notificado a la Comisión treinta y ocho brotes de GAAP en aves de corral en los estados de Alabama (1), California (11), Illinois (2), Iowa (4), Kansas (2), Michigan (2), Minnesota (3), Mississippi (1), Misuri (1), Nebraska (1), Ohio (2), Oklahoma (2), Dakota del Sur (4) y Wisconsin (2), confirmados entre el 12 y el 27 de diciembre de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).
(8) A raíz de la detección de estos brotes recientes de GAAP, las autoridades veterinarias de Canadá, del Reino Unido y de los Estados Unidos establecieron zonas restringidas de al menos 10 km alrededor de los establecimientos afectados y aplicaron una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de la enfermedad y limitar su propagación.
(9) Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han presentado a la Comisión información sobre la situación epidemiológica en sus territorios y las medidas que han tomado para evitar que siga propagándose la enfermedad tras estos recientes brotes de GAAP.
(10) La Comisión ha evaluado esa información y considera que, habida cuenta de la situación zoosanitaria en las zonas sujetas a restricciones establecidas por las autoridades veterinarias de Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos, debe suspenderse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza procedentes de las zonas afectadas por los recientes brotes, a fin de proteger la situación zoosanitaria de la Unión.
(11) Por otro lado, Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han facilitado a la Comisión información actualizada sobre la situación epidemiológica en sus territorios con respecto a la GAAP que dio lugar a la suspensión de la entrada en la Unión de determinados productos, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404.
(12) Canadá ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en relación con un brote de GAAP en la provincia de Alberta, que se confirmó el 14 de noviembre de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).
(13) El Reino Unido ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en relación con dos brotes de GAAP en aves de corral en los condados de Yorkshire y Cornwall (Inglaterra), que se confirmaron el 5 y el 17 de noviembre de 2024, respectivamente.
(14) Los Estados Unidos han presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en relación con siete brotes de GAAP en aves de corral en los estados de California y Washington, que se confirmaron entre el 15 de octubre y el 14 de noviembre de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).
(15) Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han presentado también información sobre las medidas que han adoptado para impedir que siga propagándose la GAAP. En particular, a raíz de estos brotes de GAAP, Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar la propagación de la enfermedad, y también han completado las medidas de limpieza y desinfección necesarias tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados.
(16) La Comisión ha evaluado la información presentada por Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos, y considera que estos países han ofrecido garantías adecuadas de que la situación zoosanitaria que dio lugar a la suspensión de la entrada de partidas de determinados productos en la Unión desde las zonas afectadas, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404, ya no representa una amenaza para la salud pública o animal en la Unión y que, en consecuencia, debe autorizarse de nuevo la entrada en la Unión de esas partidas de las zonas afectadas de Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos desde las que se había suspendido la entrada en la Unión.
(17) Procede, por tanto, modificar los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 para tener en cuenta la situación epidemiológica actual con respecto a la GAAP en Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos.
(18) El Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3141 de la Comisión (4) modificó los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 suspendiendo la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza procedentes de tres nuevas zonas de Canadá en las que se produjeron brotes de GAAP: CA-2.245, CA-2.246 y CA-2.247. Sin embargo, el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3141 no incluía las descripciones de estas tres zonas en la parte 2 del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404, en las entradas correspondientes a Canadá. Procede, por tanto, corregir la parte 2 del anexo V en consecuencia, añadiendo dichas descripciones.
(19) Habida cuenta de la situación epidemiológica actual en Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos con respecto a la GAAP, y con el fin de evitar una perturbación innecesaria del comercio con esos terceros países, las modificaciones que deben introducirse en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia. No está claro cuáles son las ubicaciones geográficas exactas de las zonas CA-2.245, CA-2.246 y CA-2.247, desde las que se suspendió la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y aves de caza mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3141. Por consiguiente, la corrección de la omisión de las descripciones de esas tres zonas en las entradas correspondientes a Canadá de la parte 2 del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 debe aplicarse a partir de la fecha de entrada en vigor del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3141.
(20) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/78 de la Comisión, de 15 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de revestimientos de suelo de madera multicapa originarios de la República Popular China
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1), y en particular su artículo 7,
Previa consulta a los Estados miembros,
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HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
sábado, 26 de julio de 2025
Nuestra Señora de la Esperanza
Nuestra Señora de la Esperanza, titular de la Hermandad de Nuestra Señora de la Esperanza, con sede canónica en la Parroquia de San José de Madrid.
Es patrona de los Agentes Comerciales de Madrid, tiene sus cultos principales en el mes de diciembre. Actualmente no realiza estación de penitencia en la Semana Santa.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica en su Capilla. Más fotografías en la galería.
Torreón de Arroyomolinos
El torreón de Arroyomolinos es una fortificación ubicada en la localidad española de Arroyomolinos, en la Comunidad de Madrid. Se trata de un torreón gótico de época bajomedieval, datado en el siglo XV, concretamente sobre la década de 1470. Se encuentra situado en su mismo casco histórico, en medio de un gran espacio ajardinado muy cerca de la Plaza Mayor y es, actualmente, el único vestigio que ha sobrevivido al paso del tiempo de lo que fue el denominado "Castillo del Pan".
Ha pasado a formar parte de la Red de Yacimientos Visitables de la Comunidad de Madrid.
El 'castillo' actual, único bastión que continúa en pie, al que también se conoce como «Torre del Pan», se encuentra en la localidad de Arroyomolinos, en la zona oeste de la Comunidad de Madrid. Se encuentra en el mismo casco urbano y mantiene un buen estado de conservación, tras haber sido restaurado en los primeros años del siglo XXI. Fue construido entre los siglos XIV y XV, como torre señorial. Se accede a través de la A-5 (autovía de Extremadura), por la salida de Arroyomolinos, que conduce hasta la carretera M-413, en dirección a Moraleja de Enmedio.
La torre, de cinco pisos, está construida en ladrillo, con cimientos de piedra. Es de planta cuadrada, con esquinas redondeadas. Guarda ciertas similitudes estructurales con el torreón de Pinto. Los elementos arquitectónicos más destacados del torreón de Arroyomolinos son sus ocho garitones, dos por cada vértice, que coronan el conjunto.
En los siglos XIX y XX, la torre fue transformada para adaptarla a sus usos como granero y palomar. Sus dos primeras plantas fueron reconvertidas en almacén y las tres restantes fueron objeto de un retapiado, con el fin de poder instalar más de 4000 nidos de palomas. Al mismo tiempo, se eliminaron el parapeto y el almenado que existían en el terrado.
La torre, de cinco pisos, está construida en ladrillo, con cimientos de piedra. Es de planta cuadrada, con esquinas redondeadas. Guarda ciertas similitudes estructurales con el torreón de Pinto y también, a pesar de las diferencias en su tamaño, es claro que la Torre del Homenaje es obra del mismo alarife que llevó a cabo la que podemos encontrar en el Castillo de La Mota, en Medina del Campo (Valladolid). Los elementos arquitectónicos más destacados del torreón de Arroyomolinos son sus ocho garitones, dos por cada vértice, que coronan el conjunto. Alrededor del torreón central se erigió también un antemuro rodeado por un foso excavado en el firme.
Cinco pisos son los que dividen el interior del torreón o Torre de Homenaje, situándose en esta construcción todas las estancias que estaban reservadas al señor y su familia. La zona del foso, de fondo plano con forma de U, que rodeaba buena parte de la entrada de la esquina sureste tiene una profundidad aproximada de 5 metros y cuenta con 10 metros de anchura.
Una vez dentro de la fortaleza, el movimiento y circulación de muros para dentro se conseguiría mediante un espacio de liza que, a su vez, estaría ocupado de forma parcial por las dos habitaciones que corresponderían al servicio doméstico de la torre principal. Del antemuro (conservado solo en parte) arrancaba el foso, cuya escarpa (pared ataludada interior) estaba construida con ladrillos, cantos y argamasa. Contaba con torres en sus esquinas, todas ellas con troneras, que presentan una morfología variada: una torre circular, un bastión poligonal y dos torres protegiendo el acceso principal.
Fuente: Wikipedia.
Nuestro Padre Jesús del Amor en la Sagrada Entrada en Jerusalén
Nuestro Padre Jesús del Amor en la Sagrada Entrada en Jerusalén, titular de la Hermandad de la Borriquita, con sede canónica en la Parroquia de San Ildefonso y de los Santos Niños Justo y Pastor de Madrid.
Es obra del imaginero Ramón Martín. Realiza estación de penitencia en la tarde del Domingo de Ramos.
En el video inferior, en el interior del Monasterio de San Pascual el día de su bendición. Más fotografías en la galería.
Santísimo Cristo de la Agonía y Buena Muerte
Santísimo Cristo de la Agonía y Buena Muerte, titular de la Hermandad latente de la Agonía y Buena Muerte. con sede canónica en la Real Iglesia de San Andrés Apóstol de Madrid.
Es obra del imaginero Jenaro Lázaro. Actualmente, no realiza estación de penitencia en la Semana Santa y desconocemos si tiene algún culto en su honor.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
viernes, 25 de julio de 2025
Día de Betis
Hoy recordamos el cartel del encuentro de la Supercopa de España celebrado en Arabia Saudí entre el Real Betis Balompié y el Fútbol Club Barcelona el pasado doce de enero de dos mil veintitrés a las ocho de la tarde.
Nuestra Señora de los Dolores
Nuestra Señora de los Dolores, titular de la Hermandad latente de la Agonía y Buena Muerte. con sede canónica en la Real Iglesia de San Andrés Apóstol de Madrid.
Es obra del imaginero Jenaro Lázaro. Actualmente, no realiza estación de penitencia en la Semana Santa y desconocemos si tiene algún culto en su honor.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Nuestro Padre Jesús de la Paciencia
Nuestro Padre Jesús de la Paciencia con sede canónica en la Real Iglesia de San Andrés Apóstol de Madrid.
Es obra del imaginero José Luis Mayo. Actualmente, no realiza estación de penitencia en la Semana Santa aunque hay rumores de formación de una hermandad.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Arroyomolinos
Arroyomolinos es un municipio de España situado al suroeste de la Comunidad de Madrid. La población es de 35.972 habitantes según el Instituto Nacional de Estadística (2023) en los últimos años el municipio ha evolucionado de una configuración rural a la típica de una ciudad dormitorio, pues ha experimentado un crecimiento demográfico importante. Su término se encuentra parcialmente incluido en el parque regional del curso medio del río Guadarrama y su entorno.
El primer nombre con el que se conoció a Arroyomolinos fue el de Chozas Arroyo de Molinos o Chozas del Arroyo de los Molinos. Ambas denominaciones se refieren a los molinos que se levantaban a orillas del Arroyo de Los Combos a su paso por el municipio y de los cuales quedan algunos vestigios.
El municipio está situado dentro de la Comunidad de Madrid, en la zona suroeste. El terreno no urbanizado se utiliza en su mayoría como tierras de cultivo o fincas privadas. En cuanto al relieve, está compuesto por colinas en su totalidad, excepto en las proximidades a los arroyos. Se encuentra encajonado en torno al Arroyo de los Combos, afluente del río Guadarrama que nace en una localidad vecina, y sus propios afluentes y ramblas, lo que confiere al pueblo una configuración irregular. Los desniveles alcanzan los 70 metros entre las partes más bajas y las más altas del pueblo
Fuente: Wikipedia
jueves, 24 de julio de 2025
Santísimo Cristo de las Aguas
Santísimo Cristo de las Aguas con sede canónica en la Iglesia de San Pedro "El Viejo" en Madrid.
Actualmente no realiza estación de penitencia en la Semana Santa.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
María Santísima del Dulce Nombre en su Soledad
María Santísima del Dulce Nombre en su Soledad, titular de la Hermandad de Jesús "El Pobre" con sede canónica en la Iglesia de San Pedro "El Viejo" en Madrid.
La imagen es obra de Lourdes Hernández. Realiza su estación de penitencia en la tarde del Jueves Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Nuestro Padre Jesús "El Pobre"
Nuestro Padre Jesús "El Pobre", titular de la Hermandad de Jesús "El Pobre" con sede canónica en la Iglesia de San Pedro "El Viejo" en Madrid.
La imagen es obra anónima. Realiza su estación de penitencia en la tarde del Jueves Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Hermandad de los Estudiantes
Santísimo Cristo de la Fe y del Perdón y María Santísima Inmaculada Madre de la Iglesia, titular de la Hermandad de los Estudiantes, con sede canónica en la Basílica Pontificia de San Miguel de Madrid.
Santísimo Cristo de la Fe y del Perdón es obra de Luis Salvador Carmona. María Santísima Inmaculada, Madre de la Iglesia, es obra de Juan Manuel Miñarro. Realiza estación de penitencia en la tarde del Domingo de Ramos.
En el video inferior, en su solemne besamanos en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
miércoles, 23 de julio de 2025
Santísimo Cristo de la Fe y María Santísima de los Desamparados
Santísimo Cristo de la Fe y María Santísima de los Desamparados, titular de la Hermandad del Silencio, con sede canónica en la Iglesia del Santísimo Cristo de la Fe de Madrid.
Santísimo Cristo de la Fe es obra de José Capuz. María Santísima de los Desamparados es obra del imaginero Francisco Romero Zafra. Actualmente no realiza estación de penitencia en la Semana Santa.
En el video inferior, en su solemne besamanos en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/81 de la Comisión, de 13 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de productos laminados planos de hierro o acero sin alear estañados originarios de la República Popular China
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) («el Reglamento de base») y en particular su artículo 9, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
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HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/74 de la Comisión, de 13 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de lisina originaria de la República Popular China
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) («el Reglamento de base») y en particular su artículo 9, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
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HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/34 de la Comisión, de 13 de enero de 2025, por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (Chacolí-Txakolina)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 109, su artículo 114 y su artículo 122,
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, apartados 2 y 3, y en el artículo 34 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (2), esta ha examinado la solicitud de aprobación de una modificación del término tradicional «Chacolí-Txakolina» presentada por España y la ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).
(2) No se ha presentado a la Comisión ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 22 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 de la Comisión (4).
(3) Por tanto, de conformidad con el artículo 31, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, procede aprobar la modificación del término tradicional «Chacolí-Txakolina» e inscribirla en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34.
(4)Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
martes, 22 de julio de 2025
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/32 de la Comisión, de 13 de enero de 2025, por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 115, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, apartados 2 y 3, y en el artículo 34 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (2), esta ha examinado la solicitud de aprobación de una modificación del término tradicional «Vino de calidad con indicación geográfica» presentada por España y la ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).
(2) No se ha presentado a la Comisión ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 22 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 de la Comisión (4).
(3) Por tanto, de conformidad con el artículo 31, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, procede, aprobar la modificación del término tradicional «Vino de calidad con indicación geográfica» e inscribirla en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34.
(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo
Reglamento Delegado (UE) 2025/65 de la Comisión, de 31 de octubre de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/2123 en lo que respecta a las condiciones en que se presenta un documento sanitario común de entrada separado para las partidas que van desde un puesto de control fronterizo hasta un punto de control en el que han de efectuarse controles de identidad y físicos
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (1), y en particular su artículo 53, apartado 1, letra a),
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (UE) 2017/625 establece el marco de los controles y otras actividades oficiales que se realizan para comprobar el cumplimiento de la legislación de la Unión relativa a la cadena agroalimentaria. Dicho marco incluye los controles oficiales realizados a los animales y las mercancías que se introducen en la Unión procedentes de terceros países.
(2) El Reglamento Delegado de la Comisión (UE) 2019/2123 (2) establece normas para los casos y las condiciones en que las autoridades competentes pueden efectuar los controles de identidad y físicos de determinadas partidas a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), de dicho Reglamento en un punto de control distinto del puesto de control fronterizo.
(3) El artículo 2, apartado 1, letra d), del Reglamento Delegado (UE) 2019/2123 establece que el operador debe notificar a las autoridades competentes del punto de control en el que se van a realizar los controles de identidad y físicos la hora prevista de llegada de la partida y el medio de transporte, cumplimentando y presentando un documento sanitario común de entrada (DSCE) separado en el sistema de gestión de la información sobre los controles oficiales.
(4) A fin de garantizar una trazabilidad adecuada de la partida transferida a un punto de control distinto del puesto de control fronterizo y de permitir que las autoridades pertinentes sean informadas del resultado de los controles oficiales y de cualquier decisión relativa a dicha partida, debe exigirse a los operadores que vinculen los dos DSCE.
(5) Procede, por tanto, modificar el Reglamento Delegado (UE) 2019/2123 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/36 de la Comisión, de 9 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinado cloruro de polivinilo originario de Egipto y de los Estados Unidos
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) («el Reglamento de base») y en particular su artículo 9, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
...
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Nuestra Señora de la Almudena
Nuestra Señora de la Almudena titular de la Real Esclavitud de Nuestra Señora de la Almudena, con sede canónica en la Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena de Madrid.
Realiza su salida procesional en la mañana del nueve de noviembre, tras la misa solemne.
En el video inferior, entrando en su sede canónica a los sones de la Marcha Real. Más fotografías en la galería.
lunes, 21 de julio de 2025
Nuestra Señora de la Almudena
Nuestra Señora de la Almudena titular de la Real Esclavitud de Nuestra Señora de la Almudena, con sede canónica en la Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena de Madrid.
Realiza su salida procesional en la mañana del nueve de noviembre, tras la misa solemne.
En el video inferior, en su salida procesional por la calle Bailen. Más fotografías en la galería.
Redoble de campanas
Redoble de campanas de la Santa Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena, de Madrid con motivo de la salida procesional de Nuestra Señora de la Almudena en la mañana del nueve de noviembre, día de su festividad.
Banda de Música del Cuerpo Municipal de Policía
La Banda de Música del Cuerpo Municipal de Policía en su participación en la Cruz de Guía de la procesión de Nuestra Señora de la Almudena, celebrada en la mañana del nueve de noviembre tras la misa solemne.
Hermandad de Doctrinos
Santísimo Cristo de los Doctrinos y Nuestra Señora de la Esperanza, titulares de la Hermandad de los Doctrinos, con sede canónica en la Ermita del Santísimo Cristo de los Doctrinos de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Santísimo Cristo de Doctrinos es obra de Domingo Beltrán. Nuestra Señora de la Esperanza es obra de Justo Garrido. Realiza su estación de penitencia en la tarde del Miércoles Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
domingo, 20 de julio de 2025
Iglesia Parroquial de San Juan Bautista
La iglesia parroquial de San Juan Bautista es un templo católico situado en la ciudad española de Arganda del Rey, perteneciente a la comunidad autónoma de Madrid.
La iglesia parroquial de San Juan Bautista, de estilo herreriano popular, se levanta en el casco histórico de Arganda del Rey, dentro de la plaza de la Constitución, donde antiguamente existía un templo del que quedan restos insertos en la actual iglesia. En la construcción del antiguo templo que se realizó entre 1540 y 1580 intervino el maestro alcalaíno Pedro Gil Sopeña, pero hacia 1695, debido al estado de ruina en el que se encontraba el referido templo, se comenzó la construcción de la actual iglesia de San Juan Bautista, terminándose las obras en 1736; de esta nueva construcción se desconoce su autor, aunque sí se conoce a alguno de los maestros que trabajaron en ella entre 1708 y 1714: Miguel Ruz, mientras que las trazas son obra de Pablo Vallejo
La iglesia presenta una planta de cruz latina con tres naves. La torre campanario erigida, entre 1709 y 1714, se encuentra situada en la fachada oeste del edificio. Es destacable el retablo protobarroco del primer tercio del siglo XVII que procede del convento de clarisas de Calatayud, que fue llevado a la iglesia en 1943 y que reemplazó a un retablo de estilo churrigueresco destruido.
Fue declarada monumento histórico-artístico —antecedente de la figura de bien de interés cultural— por Real Decreto de 16 de septiembre de 1999.
Pertenece a la diócesis de Alcalá de Henares y al arciprestazgo de Arganda del Rey.
En la puerta y escalinata de la iglesia se rodaron escenas de la película Viridiana de Luis Buñuel.
Fuente: Wikipedia
Hermandad de la Resurrección
Nuestro Padre Jesús Resucitado y María Santísima de la Salud y Perpetuo Socorro, titulares de la Hermandad de la Resurreción, con sede canónica en la Iglesia Catedral Magistral de los Santos Niños Justo y Pastor de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Nuestro Padre Jesús Resucitado es obra de los Talleres Tudanca. María Santísima de la Salud y Perpetuo Socorro es obra de Salvador Madroñal Valle. Realiza su estación de Penitencia el Domingo de Resurrección.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Santísima Virgen de la Cabeza
Salida de la Santísima Virgen de la Cabeza, titular de la Hermandad Filial de Nuestra Señora de la Cabeza, con sede canónica en la Iglesia Catedral Magistral de los Santos Niños Justo y Pastor de la localidad madrileña de Alcalá de Henares,
Tiene sus cultos principales entre los meses de abril y mayo. Realiza procesión solemne por las calles de la feligresía
En el video inferior en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
María Santísima de la Soledad Coronada
María Santísima de la Soledad Coronada titular de la Hermandad de la Soledad y Descendimiento, con sede canónica en la Parroquia de Santa María la Mayor de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Es obra del imaginero Antonio Castillo Lastrucci. Realiza su estación de penitencia en la tarde del Viernes Santo.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
sábado, 19 de julio de 2025
Santísima Virgen del Puerto
Santísima Virgen del Puerto, titular de la Hermandad de la Santísima Virgen del Puerto, con sede canónica en la Ermita de la Virgen del Puerto de Madrid.
Conocida popularmente como "La Melonera", tiene sus cultos principales en el mes de septiembre.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Santísimo Cristo del Perdón
Santísimo Cristo del Perdón, con sede canónica en la Parroquia de San Vicente de Paul de Madríd en el distrito de Carabanchel.
Es obra de los Talleres de Olot de mediados del siglo XX. Desconocemos si tiene algún culto en su honor. Realiza estación de penitencia el Viernes de Dolores.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Nuestra Señora de los Dolores
Nuestra Señora de los Dolores, con sede canónica en la Parroquia de San Vicente de Paul de Madrid en el distrito de Carabanchel.
Es obra de los Talleres de Olot de mediados del siglo XX. Desconocemos si tiene algún culto en su honor. Realiza estación de penitencia el Viernes de Dolores.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Santísimo Cristo de la Agonía
Santísimo Cristo de la Agonía, titular de la Hermandad de la Agonía, con sede canónica en el Monasterio de Santa Úrsula de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Data de mediados de siglo XX. Realiza su salida procesional en la mañana del Viernes Santo.
En el video inferior en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
viernes, 18 de julio de 2025
Día de Betis
Hoy recordamos el cartel del encuentro amistoso entre el Real Betis Balompié y el Atalanta BC celebrado el veintitres de diciembre de dos mil veintidós a las cinco de la tarde.
Decisión n.o 2/2024 del Comité Mixto del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas, de 12 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Decisión n.o 1/2023 del Comité Mixto, a fin de incluir disposiciones transitorias en las enmiendas del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas aplicables a partir del 1 de enero de 2025
EL COMITÉ MIXTO,
Visto el Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (1), y en particular su artículo 4, apartado 1, y apartado 3, letra a),
Considerando lo siguiente:
(1) Las Partes Contratantes del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (en lo sucesivo, «Convenio») acordaron su enmienda con el fin de establecer un nuevo conjunto de normas de origen modernizadas y más flexibles. La Decisión n.o 1/2023 (2) del Comité Mixto relativa a la enmienda del Convenio se adoptó el 7 de diciembre de 2023 y entrará en vigor el 1 de enero de 2025 (en lo sucesivo, «normas revisadas del Convenio»).
(2) Las Partes Contratantes convienen en la necesidad de normas transitorias para clarificar el trato preferencial que debe concederse a las mercancías exportadas desde una Parte Contratante antes de la entrada en vigor de las normas revisadas del Convenio e importadas posteriormente en otra Parte Contratante tras la entrada en vigor de dichas normas.
(3) Las pruebas de origen expedidas o extendidas antes del 1 de enero de 2025 en una Parte Contratante de conformidad con las normas de aplicación facultativa del Convenio a la espera de la celebración y entrada en vigor de la enmienda del Convenio deben aceptarse a fines de trato preferencial en el momento de la importación posterior al 1 de enero de 2025.
(4) Las pruebas de origen expedidas o extendidas de conformidad con el apéndice I del Convenio o expedidas de conformidad con los protocolos relativos a la definición de la noción de «productos originarios» y los métodos de cooperación administrativa anteriores al Convenio antes de la fecha de entrada en vigor de la modificación de los protocolos bilaterales entre las Partes Contratantes para incluir la referencia al Convenio conforme a su última enmienda, deben aceptarse a fines de trato preferencial en el momento de la importación posterior a esa fecha.
(5) Algunas de las Partes Contratantes señalaron que no estarán en condiciones de actualizar sus protocolos bilaterales sobre normas de origen mediante una referencia al Convenio conforme a su última enmienda antes del 1 de enero de 2025, debido a la duración de sus procedimientos internos.
(6) El retraso en la actualización de los protocolos bilaterales para incluir una referencia al Convenio conforme a su última enmienda por parte de algunas Partes Contratantes podría dar lugar a la perturbación de las posibilidades de acumulación actuales.
(7) Las Partes Contratantes convienen en la necesidad de normas transitorias para preservar los flujos comerciales basados en las posibilidades actuales de acumulación, hasta que finalice el proceso de armonización de todos los protocolos bilaterales con el Convenio conforme a su última enmienda. El apéndice I del Convenio aplicable antes de las enmiendas introducidas por la Decisión n.o 1/2023 debe ser aplicable de forma transitoria entre las Partes Contratantes del Convenio, paralelamente a las normas revisadas del Convenio, y debe permitirse la acumulación entre los diferentes conjuntos de normas cuando sea posible.
(8) Las Partes Contratantes convienen en que las normas transitorias son de carácter técnico y deben aplicarse lo antes posible. En la medida de lo posible, de conformidad con la legislación interna de las Partes Contratantes, debe garantizarse la aplicación provisional de las normas transitorias.
(9) Las Partes Contratantes acuerdan modificar la Decisión n.o 1/2023 para incluir en el Convenio revisado estas normas transitorias aplicables durante un período de un año a partir de la entrada en vigor de las normas del Convenio revisadas, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.
(10) Cada Parte Contratante adoptará las medidas adecuadas para garantizar la aplicación efectiva de las normas revisadas del Convenio, adaptando los protocolos bilaterales con una referencia al Convenio conforme a su última enmienda a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Ver texto completo.
Decisión n.o 1/2024 del Comité Mixto del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas, de 12 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Decisión n.o 1/2023 del Comité Mixto respecto a la utilización de certificados de circulación de mercancías expedidos por medios electrónicos en el marco del Convenio aplicable a partir del 1 de enero de 2025
EL COMITÉ MIXTO,
Visto el Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (1), y en particular su artículo 4, apartado 3, letra a),
Considerando lo siguiente:
(1) A principios de 2020, la Comisión informó a las Partes contratantes del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (en lo sucesivo, «Convenio») de que, debido a la pandemia de COVID-19, que suspendió los contactos entre las autoridades aduaneras y los operadores económicos en varias Partes contratantes, para la mayoría de estas resultaba imposible expedir certificados de circulación de mercancías a efectos de origen preferencial en la forma debida, a saber, firmados de forma manuscrita, con tinta húmeda estampada por las aduanas o utilizando el formato adecuado de papel.
(2) Una gran mayoría de las Partes contratantes consideró apropiado adoptar medidas excepcionales para garantizar la plena aplicación de los acuerdos comerciales preferenciales incluidos en el ámbito del Convenio. Esas medidas excepcionales eran aplicables de forma recíproca por las Partes contratantes que hacían uso de las disposiciones pertinentes de las normas de origen.
(3) Durante la pandemia de COVID-19, algunas Partes contratantes desarrollaron o adaptaron los sistemas electrónicos existentes para expedir certificados por medios electrónicos y equilibrar así la necesidad de flexibilidad con el cumplimiento de los requisitos sobre el formato de los certificados de circulación de mercancías descritos en el apéndice I del Convenio.
(4) Se invitó a las autoridades aduaneras de las Partes contratantes a aceptar certificados de circulación de mercancías a efectos de origen preferencial expedidos por medios electrónicos con una firma o un sello digitales de las autoridades competentes, o una copia en papel o en formato electrónico (escaneados o disponibles en línea) sobre la base de la flexibilidad establecida en el artículo 24 del apéndice I del Convenio.
(5) Se informó al Comité Mixto de una solicitud presentada por una Parte contratante, durante su reunión celebrada el 16 de junio de 2022, para mantener las buenas prácticas introducidas en el marco de las medidas excepcionales adoptadas durante la pandemia de COVID-19 para que los operadores económicos se beneficiaran de la digitalización de los certificados de circulación de mercancías.
(6) Las Partes contratantes reconocieron que la experiencia obtenida en el uso de certificados de circulación de mercancías expedidos por medios electrónicos en el comercio preferencial en el marco de las medidas excepcionales adoptadas debido a la pandemia de COVID-19 fue positiva y se comprometieron a mantener las buenas prácticas introducidas en el marco de dichas medidas excepcionales y colaborar para introducir un sistema común basado en pruebas de origen electrónicas y en la cooperación administrativa electrónica en la zona paneuromediterránea (PEM).
(7) Las Partes contratantes consideran que el paso a un sistema que expida certificados de circulación de mercancías por medios electrónicos y prevea la cooperación administrativa electrónica en el marco del Convenio constituye el primer paso hacia una digitalización completa de las pruebas de origen a escala de la zona paneuromediterránea, especialmente con miras a la próxima entrada en vigor de la enmienda del Convenio a través de la Decisión n.o 1/2023 del Comité Mixto (2).
(8) Los sistemas diseñados para la expedición electrónica de certificados de circulación de mercancías deben ofrecer a las autoridades aduaneras de las Partes contratantes la posibilidad de comprobar inmediatamente su autenticidad.
(9) El 7 de diciembre de 2023, el Comité Mixto adoptó la Recomendación n.o 1/2023 (3), relativa a la utilización de certificados de circulación de mercancías expedidos por medios electrónicos. En consecuencia, a fin de proporcionar un marco jurídico claro y garantizar la coherencia en el uso de los certificados de circulación expedidos por medios electrónicos en el contexto de la transición de las actuales normas del Convenio a las normas revisadas del Convenio, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025, la Decisión n.o 1/2023 debe modificarse para incluir en el Convenio revisado las condiciones generales de las pruebas de origen expedidas por medios electrónicos.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Ver texto completo
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/45 de la Comisión, de 8 de enero de 2025, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de equipos móviles de acceso originarios de la República Popular China
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) (en lo sucesivo, «Reglamento de base»), y en particular su artículo 9, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
...
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
jueves, 17 de julio de 2025
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/4 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2024, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido en relación con las importaciones de dióxido de titanio originario de la República Popular China
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (1) (en lo sucesivo, «Reglamento de base»), y en particular su artículo 9, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
...
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Reglamento de Ejecución (UE) 2025/6 de la Comisión, de 6 de enero de 2025, por el que se prohíbe la introducción en la Unión de especímenes de determinadas especies de la fauna y flora silvestres de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2770 de la Comisión
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (1), y en particular su artículo 4, apartado 6, letras a) y b),
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 338/97, la Comisión puede establecer restricciones a la introducción en la Unión de especímenes de determinadas especies de la fauna y flora.
(2) La lista actual de las especies cuya introducción en la Unión está prohibida fue establecida en diciembre de 2023 por el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2770 de la Comisión (2).
(3) Teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por el Comité Permanente de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) en su 77.a reunión, el Grupo de Revisión Científica concluyó que la prohibición de la introducción en la Unión de especímenes de las siguientes especies ya no es necesaria: Trioceros montium y Trioceros quadricornis de Camerún, y Trioceros feae de Guinea Ecuatorial.
(4) El Grupo de Revisión Científica también ha llegado a la conclusión de que, basándose en la información más reciente disponible, la prohibición de la introducción en la Unión de especímenes de las especies siguientes ya no es necesaria: Mantella cowanii, Mantella crocea, Mantella viridis y Scaphiophryne gottlebei de Madagascar, y Varanus dumerilii, Varanus jobiensis y Varanus salvadorii de Indonesia.
(5) Las medidas del presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre Comercio de Fauna y Flora Silvestres establecido en el artículo 18 del Reglamento (CE) n.o 338/97.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Ver texto completo.
Casa del Rey
Situada en la localidad madrileña de Arganda del Rey. Construida en el siglo XVI como alojamiento para el rey Felipe III. Fue mandada construir por el entonces embajador de Alemania, Hans Khevenhüller y Wolf, el cual tenía buena relación con la Corte de Felipe III. En 1594 adquiere una finca en las afueras del pueblo. Acto seguido dieron comienzo las obras bajo la dirección del italiano Patricio Caxés, que terminaron tres años más tarde. En su época, conocida como la «Quinta del Embajador», era un palacete de campo rodeado de verdes parques y jardines y decorado con pinturas de los mejores artistas del Renacimiento.
En la segunda mitad del siglo XVII fue adquirida por la Compañía de Jesús, que la convierte en una casa de labranza. En 1983, tras sufrir sucesivas reformas, pasa a formar parte del patrimonio municipal. Actualmente reúne los archivos municipales y sala de exposiciones.
Nuestro Padre Jesús de Medinaceli
Nuestro Padre Jesús de Medinaceli, con sede canónica en el Monasterio de Santa Úrsula de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Fue la antigua imagen titular de la Cofradía de Medinaceli. Desconocemos si tiene algún culto en su honor.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
miércoles, 16 de julio de 2025
Nuestra Señora del Val
Nuestra Señora del Val, patrona de la localidad y titular de la Hermandad de Nuestra Señora del Val con sede canónica en la Iglesia Catedral Magistral de los Santos Niños Justo y Pastor de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Realiza su salida procesional el tercer fin de semana del mes de septiembre.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Nuestro Padre Jesús Resucitado
Nuestro Padre Jesús Resucitado, titular de la Hermandad de la Resurreción, con sede canónica en la Iglesia Catedral Magistral de los Santos Niños Justo y Pastor de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Nuestro Padre Jesús Resucitado es obra de los Talleres Tudanca. Realiza su estación de Penitencia el Domingo de Resurrección.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Cofradía Medinaceli
Nuestro Padre Jesús de Medinaceli y María Santísima de la Trinidad, titulares de la Cofradía de Jesús de Medinaceli, con sede canónica en la Parroquia de San Bartolomé de la localidad madrileña de Alcalá de Henares.
Realiza estación de penitencia en la Semana Santa.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Nuestra Señora de la Almudena
Nuestra Señora de la Almudena titular de la Real Esclavitud de Nuestra Señora de la Almudena, con sede canónica en la Iglesia Catedral de Santa María la Real de la Almudena de Madrid.
Realiza su salida procesional en la mañana del nueve de noviembre, tras la misa solemne.
En el video inferior, de regreso a su sede canónica por el Palacio Real en la calle Bailen. Más fotografías en la galería.
martes, 15 de julio de 2025
Nuestra Señora de la Consolación
Nuestra Señora de la Consolación, patrona de la localidad madrileña de Pozuelo de Alarcón y titular de la Hermandad de Nuestra Señora de la Consolación, con sede canónica en la Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción.
Tiene sus cultos principales en el mes de septiembre como patrona de la localidad.
En el video inferior, en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.
Santísima Virgen de la Cabeza
Salida de la Santísima Virgen de la Cabeza, titular de la Hermandad Filial de Nuestra Señora de la Cabeza, con sede canónica en la Iglesia Catedral Magistral de los Santos Niños Justo y Pastor de la localidad madrileña de Alcalá de Henares,
Tiene sus cultos principales entre los meses de abril y mayo. Realiza procesión solemne por las calles de la feligresía
En el video inferior en el interior de su sede canónica. Más fotografías en la galería.